COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DEL VALLE DE UCO

4ta Circunscripción Judicial - Tunuyán - San Carlos - Tupungato

 

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Se informa a todos los asociados que a partir del día 01 de Junio de 2018 se pondrá en vigencia un nuevo aplicativo para obtener informes para iniciar los BENEFICIOS DE LITIGAR SIN GASTOS a través de la Oficina Virtual (Mis trámites) de la página web de ATM.


Se trata de una nueva herramienta para dar respuesta a la modificación del Código Procesal que exige a los abogados requerir ese informe antes de iniciar el incidente (art. 95, inciso V, punto 2, Ley 9001),
facultándolos para pedirlo directamente (art. 34 inciso 7 CPCCT).

El aplicativo estará habilitado solamente para los ABOGADOS que se encuentren inscriptos ante la ATM y en lo sucesivo será la única manera de obtenerlo. No se admitirán pedidos vía papel. En virtud de
ello, la gestión será gratuita.-

Se adjunta un archivo donde se detallan las especificaciones del aplicativo,y un PDF donde se puede visualizar el formulario a imprimir con la información requerida.-

Especificaciones

Con la finalidad de brindar nuevas herramientas, agilizar los procesos y colaborar con la agilización de la Justicia, la Administración Tributaria Mendoza presenta el aplicativo “BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS”, mediante el cual podrá accederse vía web al informe de situación fiscal que requiere el nuevo Código Procesal Civil y Tributario de la Provincia (art. 95, inciso V, punto 2, Ley 9001) para iniciar ese trámite. Se trata de un aplicativo al que podrán acceder todos los abogados registrados ante el Fisco como tales, a través de su Oficina Virtual, en la web www.atm.mendoza.gov.ar

Especificaciones:

  • Sólo estarán habilitados para la utilización del aplicativo los sujetos que se encuentren inscriptos ante ATM en la actividad de ABOGADO (832111)
  • Los abogados tienen facultades legales para requerir esa información (art. 34 inciso 7 del CPCCT). En consecuencia, la ATM resulta obligada a librar esos informes.
  • Esta será la UNICA forma en que se emitirá este tipo de informes para BSLG. No se contestará ningún oficio o nota requiriendo esta información.
  • Los Tribunales cuentan con usuarios especialmente habilitados para obtener informes similares cuyo uso es obligatorio (Acordada 22683/2010), por lo que en lo sucesivo se rechazarán los oficios recibidos requiriendo esa información.
  • El Informe emitido se limitará únicamente a consignar los siguientes datos: 
  • Razón social (en caso de personas jurídicas) o nombre y apellido (en caso de personas físicas)
  • C.U.I.T. 
  • Domicilio Fiscal 
  • Indicación de si el mismo resulta contribuyente o no del Impuesto Automotor, Inmobiliario y/o Impuesto sobre los Ingresos Brutos
  • Respecto de la/s actividad/es económica/s desarrollada/s por el contribuyente, descripción de la/s actividad/es; fecha de inicio de las misma/s y de baja/s en caso de corresponder, y si el mismo es contribuyente local (jurisdicción Mendoza únicamente) o de convenio multilateral (resto del país).
  • Si la CUIT consultada no perteneciera a algún sujeto pasivo registrado por ATM, así deberá informarlo el certificado.
  • Los datos fiscales suministrados podrán ser validados a través del aplicativo web “certificados” actualmente vigente. 
  • Los certificados emitidos contendrán detalle del sujeto que realizó la consulta, el día y la hora de emisión del mismo.
  • Como se aprecia, en ningún caso se suministrará información protegida por el Secreto Fiscal (art. 17 bis del C. Fiscal).