AUTOS: 1548 - CORBALÁN LUIS CESAR P/ SUCESIÓN
JUEZ TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA EN LO CIVIL,

COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DEL VALLE DE UCO
4ta Circunscripción Judicial - Tunuyán - San Carlos - Tupungato
JUEZ TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA EN LO CIVIL,
SEÑORA JUEZ DEL 1° TRIBUNAL GESTION ASOCIADA EN FAMILIA DE LA 4° CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE MENDOZA AUTOS N° N° 33560
CARATULADOS: “CASTILLO, ADRIANA SABINA P/ EL NIÑO MAMANI, BRUCE
ALEXANDER P/ ADOPCIÓN PLENA” NOTIFICA A : La Sra. CELIA COLQUE PACA, C.I. boliviana N° 8.635.965 que el presente Tribunal resolvió: I.- Aprobar la Información.
Sumaria rendida en autos y en consecuencia declarar que para los peticionantes y al solo efecto de este proceso, la Señora CELIA COLQUE PACA , C.I. boliviana N° 8.635.965 es
persona de ignorado domicilio. II.- Notifíquese la presente resolución y las siguientes a dictarse que correspondieran mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial, página web del Poder Judicial y del Colegio de Abogados y Procuradores de la Cuarta Circunscripción Judicial. Esta resolución deberá publicarse por tres (3) veces y con dos (2) días de intervalo (art. 72 del CPCCyT). III.- Oportunamente, dése intervención a la Defensora Civil Subrogante a los fines previstos por el art. 75 inc III de CPCCyT.IV De
la demanda iniciada por adopción plena, córrase traslado a la Sra. CELIA COLQUE PACA , C.I. boliviana N° 8.635.965, por el término de diez (10) días con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, constituya domicilio legal y ofrezca la prueba que haga a su derecho (arts. 204 y cc. Del CPFyVF).
“Juez del Tribunal de Gestión Asociada en lo Civil, Comercial y Minas, Tunuyan Mendoza,
TRIBUNAL DE GESTION JUDICIAL ASOCIADA CIVIL, COM. Y MINAS
“Tribunal de Gestión Judicial Asociada de Familia de Tunuyán, Cuarta Circunscripción Judicial de Mendoza, con domicilio sito en: Calle San Martín y Emilio Civit, Planta Baja, Tunuyán, Mendoza. De acuerdo con lo ordenado en fecha 27 de octubre de 2022, en autos Nº 45.202/02, caratulados: “LUFT, CARLOS ENRIQUE C/ BASALDELLA, MARIA FERNANDA P/ DIVORCIO UNILATERAL”. Resuelve: I.- Aprobar la Información Sumaria rendida en autos, atento lo expuesto en las consideraciones que anteceden. II.- Declarar en cuanto por derecho corresponda y sin perjuicio del derecho de terceros, que se desconoce el actual domicilio de la demandada, Sra. Basaldella, María Fernanda. Notifíquese. Fdo: Dra Marcela Martín- Juez.” Y en fecha 14 de junio de 2019, fojas 8 el juzgado proveyó: téngase por interpuesta demanda de DIVORCIO UNILATERAL, de la misma y del CONVENIO REGULADOR, NOTIFIQUESE, al otro conyugue para que en el plazo de CINCO DÍAS (5) con más ONCE (11) DÍAS EN RAZÓN DE LA DISTANCIA, se expida y formule su propuesta de convenio regulador con los elementos en que se funda o manifieste estar de acuerdo con la presentada, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 438 del C. C. y C.; como asimismo para que comparezca, responda y constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de Ley (arts. 20,21,74, 75 del C.P.C.CyT. y 174 y 175 del CPFyVF).-Notifíquese. Fdo: Dra Marcela Martín- Juez.”